Litigando contra el Mar Menor

El BOE de 3/10/22 nos deparaba una sorpresa. La Ley 19/2922 de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del mar menor y su cuenca suponía un auténtico hito, al dotar de personalidad jurídica a un ente administrativo indeterminado.

Este ente, está integrado (art. 1) por una unidad biogeológica del plano de 1600 km2 con límites no concretados en ninguna de las formas que usa el Derecho administrativo o el Catastro, además de un conjunto de acuíferos que, de modo general, puedan afectar a la estabilidad ecológica de la laguna.

Es decir, no estamos ante un objeto de protección, sino ante ante una declaración de personalidad más allá de la que el art. 35 CC concede a corporaciones, asociaciones y fundaciones y un derecho que se concreta (art. 38 CC) en la “capacidad de adquirir y poseer bienes de todas clases, así como contraer obligaciones y ejercitar acciones civiles o criminales, conforme a las leyes y reglas de su constitución”.

El art. 2 de la Ley 19 concede al Mar Menor “el derecho a existir como ecosistema y a evolucionar naturalmente”, como si esto formara parte del mundo de los hombres, con base en la “ley ecológica”.

La “representación y gobernanza” del Mar tendrá lugar a través de un comité de representantes de la Administración, una “comisión de seguimiento” de guardianes y guardianas en representación de los ayuntamientos y de asociaciones de todo tipo y, finalmente, un comité científico de dos universidades, el IEO de Murcia, el CSIC y la SIE.

Y poco más dice la Ley. A falta de desarrollo reglamentario no sabemos cómo puede este ente cumplir el apuntado cometido del art. 38 pese a la prolija exposición de motivos, que dice partir de la iniciativa legislativa popular regulada en la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo y de la Declaración de la Sentencia de 30/11/90 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

No sabemos dónde tiene domicilio en que emplazar a nuevo ente, ni cómo gestiona el patrimonio con el que cumplir su fin estatutario. Toda una curiosidad legal y administrativa.