Daño emergente a constructora: La clienta pandémica

En marzo de 2020 la empresa constructora comenzó una reforma de ático que ya habían abandonado dos empresas antes. La clienta insistió en pactar penalizaciones y pese a que los trabajos venían descritos en el proyecto y memorias que había entregado la clienta, se produjeron posteriormente sucesivos cambios de distribución, calidades y ubicaciones de puntos de luz, radiadores, salidas de aire acondicionado…

Actualmente muchas empresas recurren al Whatsapp como forma de comunicación con los clientes y en este caso consta una sucesión casi compulsiva de cambios de criterio, hasta el punto de retrasar el calendario del constructor, diferir la entrada programada de los oficios subcontratados y convertir la marcha de la obra en un infierno organizativo.

El lunes se ponían ya con retraso los puntos de luz en los lugares que marcaba el proyecto o en su caso la normativa, el martes la clienta presentaba objeciones, el miércoles se volvían a recolocar los puntos de luz y el jueves la clienta rectificaba y escogía el criterio del proyecto. Así se sucedían además los remates, con un desfile del electricista, las planchas de cartón-yeso que había que reparar, corrugados y canaletas; hasta que la empresa dijo basta por estar perdiendo dinero y desplazar la agenda de otras obras.

La clienta no entendía que cada día de trabajo devengaba salarios de los empleados aunque tuvieran que estar cruzados de brazos esperando a que la clienta pasara a hacer las correcciones (en rigor, cambios sobre el proyecto). Con las salvaguardas legales oportunas, la empresa denunció la imposibilidad de ejecutar el encargo y abandonó formalmente la obra.

Si bien la parte agotada del presupuesto y que debemos considerar efectivamente ejecutada son las partidas presentes (no sus sucesivas correcciones), cuando la clienta reclamó la falta de terminación de la obra se encontró con una demanda reconvencional por los daños y perjuicios irrogados a consecuencia de su falta de criterio, ya que los daños sufridos por la empresa constructora no se limitaron a la obra presupuestada.